El nuevo sistema de retorno de la UE a debate: Claves legales y afectación a los derechos fundamentales.
Recientemente, el pleno del Parlamento Europeo ha aprobado una serie de modificaciones sustanciales en la política de retorno de ciudadanos de terceros países en situación irregular.
Como profesional y especializada en derechos fundamentales, sigo de cerca las reformas legislativas que impactan directamente sobre los derechos fundamentales. Recientemente, el pleno del Parlamento Europeo ha aprobado una serie de modificaciones sustanciales en la política de retorno de ciudadanos de terceros países en situación irregular . El texto, nacido de un acuerdo informal conseguido el 1 de junio de 2025 entre los negociadores del Parlamento y del Consejo, ha salido adelante con 418 votos a favor, 218 en contra y 30 abstenciones .
A continuación, analizo los cinco puntos clave de esta reforma desde una perspectiva jurídica y de defensa de los derechos humanos:
- El nuevo marco normativo establece de manera explícita que cualquier decisión de retorno dictada por las autoridades nacionales comportará la obligación de abandonar el territorio del Estado miembro en cuestión de forma inmediata o en un plazo previamente designado.
Esto se traduce en una presión directa sobre la persona afectada, la cual estará obligada por ley a cooperar activamente con las autoridades durante todo el proceso . Desde el punto de vista de la defensa legal, esta obligación de cooperación será un criterio determinante, puesto que la carencia de colaboración abre inmediatamente la puerta a la aplicación de medidas restrictivas mucho más severas. - Uno de los aspectos más críticos de esta reforma es el cambio en el régimen de detención. El texto legal faculta las autoridades para decretar la detención de la persona extranjera —siempre después de una evaluación individualizada— en supuestos de carencia de cooperación, riesgo de fuga o cuando represente un riesgo para la seguridad .
- El nuevo marco normativo amplía enormemente las competencias de investigación de las autoridades estatales para asegurar la efectividad del retorno . Esto permitirá realizar acciones de investigación invasivas que entran en clara tensión con el derecho a la intimidad. Estas medidas estarán supeditadas a una autorización judicial o administrativa previa, y se establece que tendrán que respetar los derechos fundamentales y disponer de las garantías y recursos previstos por el derecho de la Unión y la legislación de cada país . Aun así, como abogados, tendremos que estar especialmente vigilantes en la hora de impugnar cualquier exceso que pueda vulnerar la inviolabilidad del domicilio o el derecho al secreto de las comunicaciones.
- Una de las novedades más discutidas de la reforma es la posibilidad de trasladar las personas con una resolución de retorno a «centros de retorno» situados en el territorio de terceros países de fuera de la UE .
Esta medida tiene condiciones muy específicas que hay que analizar con cuidado:
Colectivos excluidos: Quedan completamente excluidos de esta medida los menores no acompañados.
Requisito de acuerdo previo: El traslado se tiene que basar en un acuerdo formal entre el Estado miembro y el tercer país receptor, que tiene que aceptar acogerlos .
Garantía de derechos fundamentales: Los acuerdos solo se podrán subscribir con países que respeten los derechos humanos, el derecho internacional y el principio de no devolución . Además, las autoridades nacionales tendrán que notificar estos acuerdos a la Comisión Europea y a los otros Estados miembros antes de su entrada en vigor. - La aplicación práctica de estos centros será sin duda un foco de litigiosidad jurídica, puesto que habrá que verificar de manera minuciosa si los países terceros firmantes garantizan realmente un entorno seguro y respetuoso con la legalidad internacional.
Para acabar, es importante tener en cuenta los plazos de aplicación. El texto legislativo todavía tiene que ser adoptado formalmente por el Consejo y posteriormente publicado en el Diario Oficial de la Unión Europea . Una vez superados estos pasos:
Se aplicarán de manera inmediata las disposiciones relativas a los polémicos centros de retorno, la evaluación de la edad de los menores y la dimensión exterior de los retornos .
Las restantes disposiciones (aquellas que exigen medidas preparatorias internas por parte de los estados) entrarán en vigor 12 meses después de la publicación .