EL TRÀFIC D'ÉSSERS HUMANS: CONCEPTE I DEFINICIÓ
La tràfic d'éssers humans ve definit en l'article 4 del Conveni del Consell d'Europa sobre la lluita contra el tràfic d'éssers humans.
El artículo 4 del Convenio del Consejo de Europa sobre la lucha contra la trata de seres humanos define la trata como el reclutamiento, transporte, transferencia, alojamiento o recepción de personas, recurriendo a la amenaza o el uso de la fuerza u otras formas de coerción, el secuestro, fraude, engaño, abuso de autoridad o de otra situación de vulnerabilidad, o el ofrecimiento o aceptación de pagos o ventajas para obtener el consentimiento de una persona que tenga autoridad sobre otra, con vistas a su explotación. La explotación comprenderá, como mínimo, la explotación de la prostitución de otras personas u otras formas de explotación sexual, el trabajo o los servicios forzados, la esclavitud o las prácticas análogas a la esclavitud, la servidumbre o la extirpación de órganos.
El artículo 4a) del Convenio del Consejo de Europa sobre la lucha contra la trata de seres humanos reproduce la definición internacionalmente acordada de trata de seres humanos que figura en el artículo 3 del Protocolo de las Naciones Unidas para prevenir, reprimir y sancionar la trata de personas, especialmente de mujeres y niños, que contempla la Convención de las Naciones Unidas contra la Delincuencia Organizada Transnacional.